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Resumen del plan de desescalada y reapertura de establecimientos turísticos y actividades presentado por el Gobierno de España

A continuación, se presenta un resumen del plan presentado por el Gobierno de España para la desescalada y la reapertura de los establecimientos turísticos y las actividades.

 PLAN DE TRANSICIÓN HACIA LA NUEVA NORMALIDAD

Documento oficial:

https://drive.google.com/file/d/19zkMk2F4zx845Wr2In0_kH_bbau3rKRX/view?usp=sharing

 

CRONOGRAMA

Documento oficial:

https://drive.google.com/file/d/1AHDkmuC9U1yPZ-RCbp6o_NK1x44PvtyK/view?usp=sharing

FASE 0: actual

FASES 1, 2 Y 3: entre el 11 de mayo y el 30 de junio

NUEVA NORMALIDAD: a partir del 1 de julio

El cronograma es orientativo y no tiene carácter exhaustivo. Las decisiones y fechas concretas sobre el efectivo levantamiento de toda limitación establecida durante el estado de alarma se determinarán a través de los correspondientes instrumentos jurídicos.

 

FASES

Documento oficial: https://drive.google.com/file/d/1AG79hLGCxiXNPHbM_8k52v8yXH9i3KUi/view?usp=sharing

 

HOSTELERÍA, RESTAURANTES Y CAFETERÍAS

FASE 0

Apertura de restaurantes y cafeterías con entrega para llevar. Sin consumo en el local.

FASE 1

Apertura de terrazas: se limitará al 30% de las mesas permitidas en años anteriores en base a la licencia municipal asegurando distancias. Podrían tener mayor número de mesas si el ayuntamiento permite más espacio disponible, respetando la proporción mesas/superficie del 30% y con un incremento proporcional de espacio peatonal en el mismo tramo de la vía pública.

FASE 2

Para locales, consumo en el local con servicio en mesa con garantía de separación entre clientes en mesa y entre mesas, excepto discotecas y bares nocturnos. Limitación a 1/3 de aforo. Solo consumo sentados o para llevar.

FASE 3

Para locales, se extenderá el aforo de un máximo de 1/2 de su capacidad que garantice separación de clientes. Se permite gente de pie con separación mínima de 1,5 metros entre los clientes de la barra. En terrazas: se limitará al 50% de las mesas permitidas en años anteriores en base a la licencia municipal. Podrían tener mesas si el ayuntamiento permite más espacio respetando la proporción mesas/superficie del 50%. Discotecas y bares nocturnos con aforo máximo de 1/3.

 

HOTELES Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS

FASE 0

No se permite actividad salvo excepciones ya reguladas.

FASE 1

Apertura sin utilización de zonas comunes y con restricciones, por ejemplo, en restauración, entre otras actividades, desinfección y refuerzo de normas de salud e higiene.

FASE 2

Apertura de zonas comunes limitadas a 1/3 de aforo excepto hostelería, restaurantes y cafeterías que se sujetarán a las restricciones previstas para este sector.

FASE 3

Apertura de zonas comunes limitadas a 1/2 de aforo excepto hostelería, restaurantes y cafeterías que se sujetarán a las restricciones previstas para este sector.

 

ACTIVIDADES CULTURALES Y DE OCIO

FASE 0

Apertura de archivos

FASE 1

  • Bibliotecas (préstamo y lectura con limitación de aforo).
  • Actos y espectáculos culturales de menos de 30 personas en lugares cerrados (con 1/3 de aforo).
  • Actos y espectáculos culturales al aire libre de menos de 200 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria).
  • Museos (solo visitas, no actividades culturales) 1/3 aforo con control de aglomeraciones en salas.
  • Turismo activo y de naturaleza para grupos limitados de personas.
  • Producción audiovisual y rodaje de cine y series.

FASE 2

  • Cines, teatros, auditorios y espacios similares (con butaca pre-asignada) con una limitación de aforo de 1/3.
  • Monumentos y otros equipamientos culturales (solo visitas; no actividades culturales) 1/3 aforo.
  • Salas de exposiciones, salas de conferencias y salas multiuso 1/3 aforo, con control de aglomeraciones.
  • Actos y espectáculos culturales de menos de 50 personas en lugares cerrados (1/3 de aforo).
  • Actos y espectáculos culturales y de ocio al aire libre de menos de 400 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria).
  • Turismo activo y de naturaleza para grupos más amplios de personas.

FASE 3

  • Las actividades con 1/3 de aforo en fase II podrán pasar a 1/2 de aforo en esta fase.
  • Salas de artes escénicas y musicales con una limitación de aforo de 1/3.
  • Actos y espectáculos culturales de menos de 80 personas en lugares cerrados (1/3 de aforo).
  • Plazas, recintos e instalaciones taurinas con una limitación de aforo que garantice una persona por cada 9 m2.
  • Actos y espectáculos culturales, parques temáticos y de ocio al aire libre de menos de 800 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria).
  • Turismo activo y de naturaleza.

 

 

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